Los Estatutos de UPN recogen los derechos y deberes de los afiliados al Partido.
Artículo 75. Son derechos de los afiliados de UPN:
1.- Ser elector y elegible, conforme a lo dispuesto en los presentes Estatutos, a los distintos cargos de los órganos del Partido.
2.- Poder ser elegido candidato del Partido para las elecciones locales, forales, generales o europeas, de conformidad con los Estatutos.
3.- Participar en las actividades del Partido y en la organización territorial y sectorial.
4.- Asistir y participar activamente en la Asamblea General o Congreso en la forma determinada en los Estatutos.
5.- Formular ante cualquier órgano del Partido las propuestas que estime oportunas para la mejora de los objetivos de UPN.
6.- Expresar libremente sus opiniones dentro del Partido, conforme a las normas vigentes en UPN.
7.- Colaborar personal y económicamente en el cumplimiento de los fines del Partido.
8.- Conocer la situación económica del Partido.
9.- Impugnar los acuerdos de los órganos del Partido que estime contrarios a la Ley o a los Estatutos.
10.- Causar voluntariamente baja en el Partido y cesar en cualquier cargo político que ostente.
Artículo 76. Son deberes de los afiliados de UPN:
1.- Cumplir los acuerdos válidamente adoptados por los órganos competentes del Partido.
2.- Colaborar en la difusión, consecución y mejora de los fines, programas e ideología del Partido.
3.- Colaborar activamente en las campañas electorales de UPN, apoyando al Partido y a sus candidatos.
4.- Contribuir a la defensa, prestigio y buena imagen pública del Partido y de sus órganos y representantes.
5.- Abonar puntualmente la cuota de afiliación establecida.
6.- Comunicar los cambios de domicilio y demás datos exigidos en las fichas de afiliación, con el fin de contribuir a su permanente actualización.
Para obtener información más detallada relativa a los afiliados, tal como procedimiento de admisión, pérdida de la condición de afiliado, cuotas de afiliación, inelegibilidades, incompatibilidades y ejercicio de cargos o infracciones y sanciones, se puede consultar el Título 5 (AFILIADOS) de los actuales Estatutos.